Activa Startups 2022

Declaración expresa de aceptación de la ayuda

D. DANIEL CAÑETE MESTANZA con N.I.F. nº25680316B, en nombre y representación de la Pyme DANIEL CAÑETE MESTANZA y en relación con la Resolución de concesión, de fecha 20 de octubre de 2023 por la que se ha propuesto la concesión a DANIEL CAÑETE MESTANZA de ayudas minimis, como subvención a fondo perdido por importe de CUARENTA MIL Euros (40.000 €), para cubrir los gastos derivados de la colaboración con la startup, para impulsar la innovación abierta a través de la iniciativa “Activa Startups”, en virtud de la solicitud presentada de conformidad con la Orden ICT/1426/2021, de 14 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la innovación abierta a través de la iniciativa “Activa Startups”, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y con la Resolución de 24 de marzo de 2022, de la Fundación EOI, F.S.P., por la que se convoca la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la innovación abierta a través de la iniciativa “Activa Startups”, manifiesta la ACEPTACIÓN de la subvención propuesta y de las condiciones establecidas en la referida Resolución.

Expediente 121 – Daniel Cañete Mestanza – Plataforma Stories and Learning

AYUDAS MINIMIS DIRIGIDAS A IMPULSAR LA INNOVACIÓN ABIERTA A TRAVÉS DE LA INICIATIVA “ACTIVA STARTUPS” EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA PARA PYMES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

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  1. Los beneficiarios de la ayuda deberán cumplir con las siguientes obligaciones en materia de publicidad e información:
    a) Las relativas a la financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, conforme con la normativa europea y nacional que resulte aplicable. En particular, de acuerdo con la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en las medidas de información y comunicación de las actuaciones que desarrollan las
    inversiones (carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.), se deberán incluir los siguientes logos:
    1.º El emblema de la Unión Europea y junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto «Financiado por la Unión Europea – Next Generation EU». Para ello se tendrán en cuenta las normas gráficas y los colores normalizados establecidos en el anexo II del Reglamento de Ejecución 821/2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las modalidades concretas de transferencia y gestión de las contribuciones del programa, la presentación de información sobre los instrumentos financieros, las características técnicas de las medidas de información y comunicación de las operaciones, y el sistema para el registro y el almacenamiento de datos. También se puede consultar la siguiente página web: http://publications.europa.eu/code/es/ es-5000100.htm y descargar distintos ejemplos del emblema en: https://europa.eu/european-union/about-eu/symbols/flag_es#download.
    2.º Toda referencia en cualquier medio de difusión sobre las inversiones aprobadas deberá usar como medio de difusión el logo del Plan de Recuperación, disponible en el link http://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual
    b) Las establecidas en artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. En este sentido, toda referencia en cualquier medio de difusión sobre las inversiones aprobadas deberá incluir que han sido financiadas por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.